Música clásica desde 1929

Convocatoria de dos plazas de concertino para la Orquesta Nacional de España

25/10/2019

La Orquesta Nacional de España (ONE) anuncia la contratación de dos plazas de concertino por designación directa del director técnico de la OCNE. Las personas que ocupen las plazas suscribirán contrato laboral vinculado al director técnico, con una cobertura inicial prevista hasta el 30 de septiembre de 2024, con posibilidad de renovación. En la evaluación del ejercicio del puesto y en las posibles renovaciones se tendrá en cuenta la valoración artística por parte tanto de la orquesta como de su dirección artística.

La dirección técnica, para la cobertura de estas plazas, llevará a cabo un proceso  mediante la celebración de audiciones ante un comité de selección presidido por el director titular y artístico de la OCNE, David Afkham, y que estará integrado por miembros de la comisión artística y profesores y profesoras representantes de las diferentes secciones de la orquesta, y con la presencia de la representación sindical.

Las personas interesadas en participar en este proceso de selección deberán acreditar suficiente experiencia como concertino en orquestas de renombre. El comité de selección limitará la prueba de audición exclusivamente a las candidaturas que a su juicio cumplan ese requisito.

La información  de las condiciones de contratación puede ser solicitada al correo electrónico:
 audiciones.one@inaem.cultura.gob.es

La prueba de audición tendrá lugar el miércoles 4 de diciembre de 2019, a las 9 horas, en el Auditorio Nacional de Música, sito en la calle Príncipe de Vergara 146, Madrid.

PROCESO
1. Requisitos

Los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de participación:

1.1.      Nacionalidad:
a)         Tener la nacionalidad española.
b)        Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea.
c)         Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar su descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
d)          Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
e)          Los extranjeros que, no estando incluidos en los párrafos  anteriores, se encuentren con residencia legal en España.

Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad los incluidos en el apartado a) así como los extranjeros residentes en España incluidos en el apartado b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de los candidatos deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.

1.2.       Compatibilidad funcional: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

1.3.      Capacidad legal: tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.

1.4.       Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa

1.5.       Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o  de  los órganos constitucionales o  Estatutarios de  las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por resolución judicial firme.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

Dada la naturaleza pública del organismo OCNE, encuadrado en el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, las personas que sean contratadas para estas plazas estarán sometidas a lo establecido en la Ley 53/1984, de 26  de  diciembre  de  Incompatibilidades  del  personal  al  servicio  de  las  Administraciones  Públicas  (BOE  de 04/01/1985).

2.‐ Formalización y plazos

Las personas interesadas deberán enviar la ficha adjunta cumplimentada, fotocopia de DNI o Pasaporte o Tarjeta de Residencia con permiso de trabajo y documentación acreditativa de su experiencia profesional exclusivamente a través del correo electrónico:
 audiciones.one@inaem.cultura.gob.es

El plazo de recepción de candidaturas se inicia con la publicación de esta convocatoria y finaliza a las 23,59 horas, hora de Madrid, del día 7 de noviembre de 2019.

Tras la recepción de las candidaturas, el comité procederá a la selección de aquellas que a su juicio pueden acceder a la prueba de audición. La OCNE notificará por correo electrónico a los aspirantes su inclusión o exclusión en las audiciones. La notificación se realizará antes del 15 de noviembre de 2019.

A la prueba se deberá acudir provisto de DNI, tarjeta de residencia o pasaporte para comprobación de identidad.

La Orquesta y Coro Nacionales de España pondrá a disposición de los aspirantes un pianista de acompañamiento exclusivamente para el día de celebración de la prueba. Quienes deseen disponer de sus servicios deberán hacerlo constar en la hoja de inscripción, entendiéndose que, de no hacerlo, el aspirante vendrá acompañado de su propio pianista.

3.‐ Audición y repertorio

Prueba única con cuatro ejercicios:

Ejercicio nº 1.‐ Interpretación de un concierto para violín y orquesta de Mozart, a elegir por el candidato, de entre los números 3, 4 y 5.

Ejercicio nº 2.‐ Interpretación de un movimiento lento y uno rápido de una suite o sonata o partita para violín solo de J. S. Bach.

Ejercicio nº 3.‐ Interpretación de un concierto romántico para violín y orquesta, a elegir por el candidato, de entre los siguientes: Beethoven, Brahms, Tchaikovsky, Sibelius.

Ejercicio nº 4.‐ Solos orquestales, a elección del tribunal, de entre la siguiente lista:

‐ Juan Sebastián Bach. Pasión según San Mateo, BWV 244, Nº 47: Aria de Contralto, “Erbarme dich, mein Gott”.

‐ Wolfgang Amadeus Mozart. Serenata “Haffner”, en Re mayor, K 250: III Mov. Rondó.

‐ Ludwig van Beethoven. Missa Solemnis, op. 123: Benedictus

‐ Piotr Ilyich Tchaikovski. El lago de los cisnes, op. 20: Acto I, núm. 5, Pas de deux; Acto II, núm. 13, Escena (Pas d’action); Acto III (apéndice), núm. 6 , Danza Rusa.

‐ Piotr Ilyich Tchaikovski. Suite núm. 4 “Mozartiana”, op. 64: IV Mov. Tema y variación, 1 compás antes de var. 9 (incluida).

‐ Nikolai Rimski‐Korsakov. Shererezade, suite sinfónica

‐ Richard Strauss. Der bürger als edelmann, suite para orquesta, op. 60 (El burgés gentilhombre). IV Mov. Auftritt und Tanz der Schneider

‐ Richard Strauss. Ein Heldenleben, opus 40 (Vida de héroe)

‐ Dimitri Shostakovich. Sinfonía núm. 15, en La mayor, op. 141: I Mov. Allegretto, 3 compases antes del número de ensayo 35 hasta número de ensayo 37.

4.‐ Normas de realización de las pruebas y pruebas adicionales.

El comité de selección podrá interrumpir la prueba, cambiar el orden de las obras referidas y dar todas cuantas instrucciones considere oportunas a las personas candidatas. Igualmente, podrá establecer pruebas adicionales o entrevistas personales.

Las plazas pueden ser declaradas desiertas.

La decisión del comité será trasladada a la dirección técnica de la OCNE, quien ejerce la potestad de formalizar la relación contractual. La decisión de la dirección tras el informe del comité de selección es inapelable en todas las fases del proceso. La participación en este proceso supone la aceptación de las bases.

http://ocne.mcu.es/actualidad/convocatoria-de-dos-plazas-de-concertino

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